Un contrato es la representación jurídica de una disposición natural del hombre a consensuar con su igual distintos pactos que representen beneficios mutuos.
Las personas involucradas en un contrato deben considerarse capaces y ofrecer su consentimiento libre de toda presión, pudiendo servir de objeto todo artículo comerciable. De acuerdo con esto, el contrato puede ser:
- De Carácter oral.
- De carácter escrito.
En el caso de ser escrito, sus partes incluyen: título, que indica la clase de contrato; cuerpo sustantivo, que señala a las partes; exposición, que vincula sucesos relevantes; cuerpo normativo, que incluye las cláusulas normativas; cierre, que consiste en una fórmula que muestra la forma de realizar el acuerdo; y, por último, los anexos, que explican algunos aspectos del contrato.
Tipos de contratos
Según la fecha de efecto, los contratos pueden ser:
- Consensuales: Estos quedan concluidos y comienzan a surtir sus efectos con el acuerdo de las partes, como ocurre en una compra-venta.
- Reales: Cuando comienzan a tener efectos a partir de que se entregue lo pactado, como ocurre por ejemplo al prestar dinero por un tiempo.
- Solemne: Un tipo de contrato que está sujeto al cumplimiento de ciertas formalidades para que empiece a cumplir efectos.
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